El Consorcio de Compensación de Seguros: qué es y cuándo te paga

Coche circulando por una carretera de curvas bajo un cielo nublado

Respuesta corta: el Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que, entre otras funciones, actúa como fondo de garantía del seguro del automóvil. Indemniza a las víctimas de un accidente cuando no hay una aseguradora que responda: vehículo sin seguro, vehículo desconocido (que se da a la fuga), vehículo robado o aseguradora en quiebra.

Cuándo paga el Consorcio

Vehículo sin seguro

Si te causa daños un vehículo que tiene su estacionamiento habitual en España y no estaba asegurado, el Consorcio indemniza tus daños personales y materiales, dentro de los límites del seguro obligatorio. Después, reclama al propietario y al conductor.

Vehículo desconocido

Si el responsable huye y no se le identifica, el Consorcio cubre los daños personales. Los daños materiales solo los cubre si el accidente causó además daños personales significativos (fallecimiento, lesiones permanentes o una hospitalización de más de tres días), y puede aplicar una franquicia de hasta 500 €.

Vehículo robado

Si el accidente lo causa un vehículo asegurado que había sido robado, paga el Consorcio, que luego puede reclamar a los autores del robo.

Aseguradora en quiebra o liquidación

Si la aseguradora del responsable está en concurso o en liquidación, el Consorcio asume las indemnizaciones.

Una excepción importante

Si viajabas como ocupante en un vehículo sin seguro o robado sabiéndolo, el Consorcio no te indemniza.

El Consorcio y los riesgos extraordinarios

El Consorcio también cubre los daños por riesgos extraordinarios, como inundaciones o tempestades ciclónicas atípicas. En el caso del coche o la moto, esta protección se aplica a los daños en tu propio vehículo solo si tu póliza incluye al menos una cobertura de daños sobre él: por ejemplo, incendio, robo, lunas o todo riesgo. Con un terceros básico, sin ninguna de ellas, no.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reclama al Consorcio?

A través de su web o de sus delegaciones. Tu propia aseguradora también puede orientarte. Conviene tener la denuncia, el atestado o el parte, y la documentación médica.

¿El Consorcio puede reclamarme a mí?

Sí, si eres el propietario o conductor de un vehículo sin seguro que causó el accidente. Por eso nunca compensa circular sin seguro.

Fuentes

Información orientativa y general. No sustituye el asesoramiento de tu aseguradora, de un corredor o de un abogado. Consulta nuestra política editorial.

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